CAPÍTULO I. INGRESO DE LOS ESTUDIANTES
Artículo I. Ingreso a Diplomados: Es fundamental que los aspirantes a los Diplomados, posean vinculación con el sector productivo, en el ámbito laboral o en el sector académico, es necesario poseer conceptos básicos en el área de conocimiento, dado que, los criterios pedagógicos y la retroalimentación se realizan con términos específicos, siendo primordial que los alumnos estén familiarizados con la temática académica correspondiente al Diplomado.
Artículo II. Proceso de Información Previa a la Inscripción: El estudiante debe obtener información, de manera que pueda obtener satisfacción a las necesidades académicas de formación virtual, impartida por UNICOLOMBIA, antes de realizar su proceso de inscripción.
a). Consultar en el portal institucional de UNICOLOMBIA® www.unicolombia.edu.co , el plan de estudios del Diplomado correspondiente, haciendo clic sobre el nombre del programa.
b). Por favor consulte en la parte superior del portal institucional de UNICOLOMBIA® www.unicolombia.edu.co Institucional, hacer clic en Sobre Nosotros / Información Jurídica , allí podrá obtener información pertinente a la Constitución legal, parámetros jurídicos del Ministerio de Educación Nacional de Colombia, Decretos y Resoluciones correspondientes a la intensidad horaria y modalidad académica de los programas.
c). El Reglamento de Estudiantes, ubicado en www.unicolombia.edu.co menú superior opción Nosotros / Reglamento Estudiantil, es importante que el estudiante lea con atención, el reglamento es el Contrato que suscribe el estudiante Nacional y/o Internacional, según el País donde se encuentre en el momento de tomar su Programa Académico.
d). Contactar al Departamento de Información de UNICOLOMBIA®, en caso de necesitar información adicional, acerca de los programas académicos, docentes, metodología, criterios pedagógicos, solicitudes específicas, solicitudes generales, o trámites administrativos internos, o requeridos por el estudiante, o la empresa para la cual este vinculado. Puede comunicarse en Bogotá al teléfono directo: +571 813 58 09, al WhatsApp Business +57 316 856 60 43 a través del chat en línea, en el portal institucional: www.unicolombia.edu.co, operador(a) en línea o alcorreo electrónico info@unicolombia.edu.co
Artículo III. Proceso de Inscripción a DIPLOMADOS: Es el proceso mediante el cual, el estudiante ingresa formalmente al programa académico de su interés, se deben cumplir los trámites administrativos internos, para ingresar al programa académico.
Para trámites externos solicitados por el estudiante o la empresa a la que esté vinculado laboralmente, el estudiante debe solicitar la constancia de ingreso al Diplomado, y el correspondiente recibo de pago, Si los soportes que necesite el estudiante pueden ser enviados por vía electrónica, No tendrán costo, Pero si los requiere impresos tienen un costo adicional con membrete, sellos de seguridad y Código de verificación.
Para realizar la inscripción el estudiante debe cumplir los siguientes pasos así:
[PASO 1] en http://www.unicolombia.edu.co opción matriculas aparecen las opciones para pago de Estudiante Colombiano y para Estudiante Internacional.
[PASO 2] Diligenciar la Inscripción en Línea, formulario que encuentra bajo la siguiente dirección: https://www.unicolombia.edu.co/sum o el formulario enviado desde el programa INNOVA, debe diligenciar todos los datos solicitados para su ingreso y realizar el pago segun la opción que seleccione al final del formulario. Para poder enviar este formulario el Estudiante debe seleccionar Al Diligenciar este Formato con UNICOLOMBIA® está de acuerdo con nuestro : Reglamento Estudiantíl, y Política para Uso de Datos Personales.
Artículo IV. Prerrequisitos para Ingreso a los Diplomados: Los Diplomados son programas académicos para actualización profesional en área de conocimiento, con una intensidad mínima de 120 horas y máxima de 159 horas, los requisitos básicos para acceder a cualquier programa son:
a). Edad: Ser mayor de 18 años y/o bachiller, poseer cedula de ciudadanía en el momento del registro al programa académico, cedula de extranjería para estudiantes extranjeros.
b). Requisitos Académicos: El estudiante debe como mínimo ser bachiller y haber culminado satisfactoriamente su educación media, el estudiante extranjero debe haber culminado el bachillerato en su totalidad, cumplir con los prerrequisitos publicados en cada Diplomado.
c). Trámite de Ingreso: Para el ingreso a los Diplomados el estudiante debe realizar el pago de matrícula y diligenciar el formulario, el Departamento de Registro envía al correo electrónico del alumno el usuario y clave de acceso para el inicio del Curso de Inducción, con duración de cinco días, el estudiante aprenderá a manejar las herramientas del campus virtual, luego ingresará al programa académico con la interacción de su Docente, Facilitador o área de soporte.
Artículo V. Proceso de Inscripción para más de un Diplomado: Podrá un Estudiante desarrollar simultáneamente dos diplomados , siempre y cuando se encuentre a paz y salvo con tesorería y no haber perdido uno de los programas a los cuales se inscribe.
Artículo VI. Registro General del Estudiante: El departamento de Registro de UNICOLOMBIA®, brinda al estudiante un usuario y contraseña vigentes exclusivamente durante el periodo que dura el programa académico, código interno del programa académico al que se inscribió, y dirección del aula virtual del programa.
Los datos de ingreso al aula virtual asignada, con su respectivo tutor de aula, se envían en la fecha programada para el inicio del programa académico, los datos se envían a la dirección de correo electrónico que el estudiante registró en el formulario de inscripción.
Parágrafo 1. Los estudiantes y/o familiares beneficiarios de convenios suscritos con UNICOLOMBIA® y que iniciando el proceso para ingreso a cualquiera de los programas, no termine con dicho proceso pierde el beneficio y si lo desea podrá aplicar como estudiante regular a UNICOLOMBIA®.
Artículo VII. Escala de Notas y calificación: La escala de calificaciones en Unicolombia está en el intervalo entre CERO COMA CERO (0,0) y CINCO COMA CERO (5,0). La calificación mínima aprobatoria es TRES COMA CERO (3,0). Las notas serán computadas al final del programa académico. finalizado el desarrollo del plan de estudios el Docente tiene máximo ocho (08) días hábiles para entregar las notas finales al área de Registro y Control para que se emitan los Diplomas.
Artículo VIII. Inicio del Programa Académico: Al recibir el correo con instrucciones para ingresar a su correspondiente Aula Virtual el Estudiante estará en condiciones de iniciar el programa académico en el área de conocimiento específica, el Departamento de Soporte de UNICOLOMBIA® guarda la estadística de ingreso individual, para el caso del estudiante que No puede permanecer en Internet el tiempo requerido, tiene la opción de guardar el contenido de las clases en el computador, o en USB, también puede imprimirlas.
Parágrafo 1. En las Aulas Virtuales, podras interactuar con tus Tutores a través de mensajería interna y WhatsApp. En un curso podras estar con máximo 50 compañeros más pero no interactuas con ellos ya que nuestra metodología social constructivista establece que en el desarrollo de tus clases, las actividades complementarias, evaluaciones y la interacción con tutores te permiten construir tu conocimiento. Lo anterior cambia cuando son Estudiantes de la misma organización y se ha establecido previamente con esta misma perseguir objetivos adicionales específicos. Las horas de oficina virtual de un tutor generalmente son de domingo a domingo desde las 10 am hasta las 10 pm.
Parágrafo 2. De acuerdo con la expedición de la ley 1581 de 2012 y el Decreto 1377 de 2013, se norma el principio constitucional que tienen todas las personas de conocer, actualizar y rectificar todo tipo de información recopilada o, que haya sido objeto de tratamiento de datos personales en bancos o bases de datos y, en general en archivos de entidades públicas y/o privadas en Colombia. El estudiante acepta lo dispuesto en nuestro habeas data publicado en https://www.unicolombia.edu.co
Parágrafo 3. Bajo ninguna circunstancia UNICOLOMBIA® esta facultada para suministrar información sobre los Estudiantes excepto sea solicitada para un proceso judicial por autoridad competente. Unicolombia comprometida con el manejo adecuado de los datos personales propende por la implementación de medidas técnicas, administrativas y organizacionales dispuestas para la protección de tus datos personales.
Parágrafo 4. Bajo ninguna circunstancia el Estudiante está autorizado para divulgar en cualquier medio o formato las clases suministradas en el aula virtual bajo formato pdf, las cuales son para uso exclusivo del proceso académico en UNICOLOMBIA®, para estos fines el estudiante debe solicitar autorización y aprobación al correo juridico@unicolombia.edu.co
CAPÍTULO II. PARÁMETROS ACADÉMICOS Y MODALIDADES DE EVALUACIÓN
Artículo IX. Componentes de Valoración Cuantitativa: La última semana o cada semana corresponde la Evaluación del modulo y es a discreción del docente su aplicación, el mecanismo para evaluar consiste en una serie de preguntas, que pueden ser abiertas, cerradas, o de selección múltiple, en algunos casos el Docente puede optar por un trabajo individual, de un tema visto en clase acerca del contenido de clases finales. La escala de calificaciones en Unicolombia está en el intervalo entre CERO COMA CERO (0,0) y CINCO COMA CERO (5,0). La calificación mínima aprobatoria es TRES COMA CERO (3,0). Las notas serán computadas al final del programa académico. finalizado el desarrollo del plan de estudios el Docente tiene máximo ocho (08) días hábiles para entregar las notas finales al área de Registro y Control para que se emitan los Diplomas.. Las evaluaciones posee fechas preestablecidas, en caso de que el estudiante No pueda presentarlas en las fechas correspondientes, debe enviarle mensaje al Docente directamente, explicando el motivo por el cual desea aplazar la evaluación.
Parágrafo 1: Cuando el estudiante no Solicite el aplazamiento de la evaluación, la nota otorgada por el Docente será de 1,0 , la posibilidad de recuperar la Nota, será autonomía del docente titular del programa académico.
Parágrafo 2: Cuando el estudiante no Solicite el aplazamiento de la evaluación, la nota otorgada por el Docente será de 1,0 , la posibilidad de recuperar la Nota, será autonomía del docente titular del programa académico.
Parágrafo 2: Cuando un docente decida evaluar a discreción del mismo mediante actividad complementaria y evaluación en línea, los porcentajes aplicados deben ser así: una nota final de actividades complementarias : 70% de la nota final, evaluaciones en línea : 30% de la nota final, de lo contrario todas las notas tendrán el mismo porcentaje.
Artículo X. Mecanismos de Protección del Estudiante: Los Estudiantes en UNICOLOMBIA® son sujetos de derecho con respeto de las garantías constitucionales y establecidas por la Ley, en ningún caso se permite el maltrato, discriminación o práctica que pueda vulnerar los derechos individuales o colectivos de nuestra comunidad educativa, nuestros estudiantes y egresados constituyen la razón de la existencia, justificación y oportunidad legal de nuestra Corporación Educativa Virtual. El Departamento Consejo Académico tiene como función primordial la defensa, mediación y representación del alumno ante los Docentes, incluso de asumir como segundo evaluador del estudiante por solicitud del mismo. El Consejo Académico consejo@unicolombia.edu.co para establecer un proceso efectivo de defensa e intermediación, contempla que el Estudiante debe cumplir con los requerimientos del programa, como el ingreso al aula virtual, solicitudes previas al Docente, presentación de las evaluaciones y trabajos de componentes cuantitativos, en pro de establecer una adecuada mediación que beneficie el Estudiante.
Artículo XI. Evaluación Supletoria: El estudiante tiene derecho a un segundo evaluador, únicamente en los casos donde el alumno ha cumplido a cabalidad con sus deberes académicos, manifestando diferencias en los criterios pedagógicos y conceptuales impartidos por el Docente Titular del Programa Académico, o el Tutor del Aula Virtual. El Consejo Académico designará un nuevo Docente, que pueda evaluar al alumno.
Parágrafo 1: El Estudiante puede solicitar un segundo evaluador, exponiendo el caso y fundamentando las diferencias en criterios pedagógicos, o conceptuales con el Docente titular, o el Tutor del Aula Virtual, para tales efectos, el Estudiante puede enviar la solicitud sustentada al correo registro@unicolombia.edu.co con asunto, Evaluación Supletoria.
Parágrafo 2: El docente que ejerza como segundo evaluador, podrá de forma autónoma, definir una fecha específica, contando con un plazo máximo, también podrá colocar un nuevo trabajo, colocar una nueva evaluación, o dar una nota sobre trabajo o evaluación anterior, con la que el alumno expreso inconformidad.
Artículo XII. Parámetros de la Interacción Académica: La relación e interacción entre los Estudiantes, Docentes y Colaboradores de Unicolombia; debe efectuarse en términos de respeto, cordialidad y las prácticas de buen comportamiento social, con buenos modales. Los Estudiantes deben manifestar sus inquietudes en forma concreta. Los Docentes y Personal Administrativo adscrito a Unicolombia, debe mantener en sus expresiones y actitudes la vocación de servicio.
CAPÍTULO III. SANCIONES
Artículo XIII. Régimen de Sanciones: Las sanciones aplicadas a los estudiantes, se efectuarán toda vez que se compruebe que ha incurrido contundentemente “en una falta grave”, el Consejo Académico analizaran puntualmente el caso, con apoyo del Departamento Jurídico y emitira la respectiva comunicación a los implicados. Se consideran faltas graves y podrán dar lugar a expulsión inmediata del Estudiante las siguientes ,así :
a). Utilizar términos peyorativos que atenten contra la integridad, de quienes forman parte de UNICOLOMBIA®, o en contra de la Razón Social de la Corporación y/o sus Estudiantes.
b). No acceder al Aula Virtual por más de ocho días, sin que exista reporte alguno.
c). Estudiantes que suministren información falsa para obtener descuentos, o presentar notas fraudulentas, podrán ser expulsados fulminantemente.
d). Suplantación o plagio del estudiante en cualquier actividad del programa académico, incluyendo evaluaciones, trabajos, actividades generales y/o actividades específicas.
e). Incurrir en falso testimonio, con respecto al trato de los Docentes, personal administrativo y colaboradores en general de UNICOLOMBIA®, observaciones o notas de los programas académicos.
f). El intento o la falsificación de la Acreditación correspondiente al Diploma, conferido por UNICOLOMBIA® a los Estudiantes, acarreará sanciones penales, por falsedad material e ideológica en Documento Público.
g). El Estudiante que ingrese con el ánimo de ejecutar “Espionaje Industrial”, será sujeto de sanciones administrativas por parte de UNICOLOMBIA®, podrá ser procesado ante la autoridad correspondiente, según sea el caso.
h). Quien incurra en SPAM, enviando varios correos con el mismo asunto o solicitud a cualquiera o varias de las cuentas de correo electrónico de Unicolombia.
i). Quien incurra en espionaje industrial, es decir: el estudiante que perteneciendo a otra entidad educativa, sea de naturaleza privada o pública, cuyo objeto social corresponda al servicio público educativo en cualquier modalidad, ingrese a UNICOLOMBIA®, con el ánimo de obtener información y transmitirla a otra entidad, por motivos de competitividad, implementación, ejecución o plagio; será procesado legalmente: con los cargos de violación a la marca registrada UNICOLOMBIA® y su modelo de enseñanza, espionaje industrial y aquellos cargos que le impute la autoridad competente.
j). Quien falte a los parámetros de interacción Académica expuestos en el Artículo XII del Capitulo II de este Reglamento Estudiantil.
k). Ejecutar actos violatorios de derechos humanos o discriminatorios por razones de raza, género, concepción ideológica o religiosa, opción sexual, condición social o económica, que atenten contra alguno de los integrantes de la comunidad Educativa Unicolombia.
l). Amenazar, intimidar, acosar, coaccionar, injuriar o calumniar a alguno de los integrantes de la comunidad Educativa Unicolombia.
m). Atentar contra la integridad física o psíquica, la vida o la libertad de alguno de los integrantes de la comunidad Educativa Unicolombia.
n). Atentar contra el buen nombre de la institución, utilizarlo sin la debida autorización o infringiendo el reglamento estudiantíl.
o). Presentar ante cualquier dependencia o miembro de Unicolombia documentos inexactos, falsos o alterados que induzcan a la formación de juicios errados. Incurre en igual falta disciplinaria el estudiante que altere o falsifique un documento institucional y lo presente ante una instancia o entidad externa a Unicolombia.
p). Suplantar o permitir ser suplantado en la realización de alguna actividad institucional; o facilitar o incurrir en una conducta de suplantación en el desarrollo de una actividad académica.
q). Suplantar a otro Estudiante haciendose pasar por este generando solicitudes a su nombre por cualquier medio whatsapp, correo electrónico o telefónico. Cuando la falta disciplinaria sea a la vez susceptible de configurar un delito, la sanción se impondrá sin perjuicio de formular la respectiva denuncia ante las autoridades competentes.
r) Obtener, ofrecer u otorgar cualquier tipo de remuneración en una actividad académica o institucional.
s) Presentar excusas médicas falsas o alteradas a UNICOLOMBIA®.
t) Alterar el contenido de una evaluación ya corregida para obtener una recalificación.
u) Grabar comunicaciones, exámenes o reuniones por cualquier medio sin consentimiento o violar de cualquier manera la intimidad de un miembro de la comunidad Unicolombia.
Artículo XIV. Receso Académico Sancionado: Los Estudiantes que se encuentren inscritos y cursando el programa académico específico, e incurran en abandono por más de 8 días del programa académico; tendrán una sola oportunidad de ingresar de nuevo en nuevo ciclo de inscripciones. El Estado del alumno quedará con el registro de Estudiante Inactivo.
Parágrafo 1: [Penalización] El reingreso al Diplomado, debe hacerse previa cancelación del 20% del valor total pagado del Programa Académico. (Sin excepción).
Artículo XV. Se considera inactivo a un estudiante cuando: Incurre en las siguientes faltas al cronograma de actividades pedagógicas.
Parágrafo 1: Voluntariamente solicita cancelación de su inscripción al programa académico, mediante notificación escrita registro@unicolombia.edu.co .
Parágrafo 2: Cuando el Consejo Académico, por solicitud del Docente titular o el Tutor del Aula Virtual, decide separarlo por causa justificada, como las descritas en el Régimen de Sanciones Articulo XII, inciso a).
Parágrafo 3: Cuando el Estudiante abandona durante ocho días continuos, el ingreso al Aula Virtual del Programa Académico, sin perjuicio del módulo en el que se encuentre el Programa, sea Diplomado o Curso.
Parágrafo 4: En caso que un Estudiante no concluya correctamente el proceso de inscripción y/o desista de tomar el programa, tendrá derecho a la devolución del 75% del valor pagado y reintegrado al Estudiante en los siguientes treinta(30) días calendario.
Parágrafo 5: si pasada una semana el estudiante activo no da continuidad al diplomado, este se entenderá como no tomado y no habrá reembolso de dinero ni abono a otros diplomados.
Parágrafo 6: si tiene un crédito directo y no realiza los pagos programados en las fecha enviadas al correo del estudiante, pierde su condición de estudiante activo por causal impago. Para poder dar continuidad a su programa, en los dos siguientes días hábiles al pago de la cuota sin pagar deberá cancelar primero el valor total de las cuotas restantes.
Artículo XVI. Disposiciones Financieras: El Departamento Financiero contempla que el valor total del Programa académico, es aquel que se encuentra publicado en el portal institucional www.unicolombia.edu.co , los estudiantes que incurran en una falta prevista por el Régimen de Sanciones del Capítulo III, tendrán derogados los derechos adquiridos, por infringir el presente Reglamento Estudiantil, por ende pierden el derecho a reingreso del Programa Académico.
Parágrafo 1: UNICOLOMBIA® No posee sistema de reembolso una vez que el estudiante esta matriculado y cursando uno de nuestros programas educativos, es decir que NO se realizan devoluciones de dinero por conceptos de inscripción; dado que se brinda el servicio educativo, el Estudiante tiene diversos medios para comunicarse con los Docentes directores de programa académico, los Tutores del Aula Virtual, y los diversos Departamentos administrativos. Bajo ningún motivo existe devolución, existiendo prestación del servicio pactado entre UNICOLOMBIA® y los Estudiantes, tanto de Convenio como individuales.
Parágrafo 2: UNICOLOMBIA® posee sistema de Becas descuentos del 10% al 50% para Estudiantes Nuevos como parte de nuestro PROGRAMA INNOVA y un descuento permanente del 20% para Estudiantes Egresados.
Parágrafo 3: UNICOLOMBIA® posee sistema de pago por cuotas 2 o 3 iguales sin interés ni incremento alguno.
Los pagos de las cuotas deben hacerse en las fechas presentadas al Estudiante en su plan de pagos enviado desde nuestro Departamento de tesorería, perdiéndose el beneficio si se incumple con el plan de pagos enviado al Estudiante a su correo registrado. Artículo XV Paragrafo 6. El Estudiante debe sumar a su consignación el valor vigente que cobra el Banco de Bogota por consignaciones nacionales, estudiante internacional el valor del giro vía western union.
CAPÍTULO IV. DIPLOMAS CONSTANCIAS
Artículo XVII. Diplomas Constancias y certificados de notas emitidos: Una vez el Estudiante logra su objetivo en el programa, recibe su Diploma constancia en formato digital con apostilla de la Cancillería Colombiana válido en más de 100 países firmantes del convenio de la Haya.
Los Diplomas Constancias emitidas por UNICOLOMBIA® poseen las siguientes características jurídicas.
a). La intensidad máxima de los programas académicos es de 159 horas, por área de conocimiento.
b). Los Diplomas constancia se otorga de acuerdo a las especificaciones jurídicas, de la Corporación de Educación Virtual UNICOLOMBIA®, debidamente registrada, para la modalidad correspondiente, programas académicos, intensidad horaria, ámbito de investigación y desarrollo, mecanismos pedagógicos, Directivos, Docentes, Colaboradores Administrativos, trayectoria intersectorial, Código de Responsabilidad Social, Políticas de Democratización en el acceso y la cobertura, objetivos misionales y parámetros de formación académica con énfasis en valores.
c). Los Diplomas Constancia en el área de Conocimiento Específica, se otorga a quienes cumplieron con los parámetros especificados por UNICOLOMBIA®.
d). Los Diplomas constancia se le confiere al Estudiante que ha culminado satisfactoriamente el Diplomado y/o Curso.
e). El Diploma de UNICOLOMBIA®, consiste en la Constancia al Área de Conocimiento Académico Específico, con los parámetros jurídicos y educativos necesarios para la validez y fuerza de la Constancia emitida.
f). La expedición tiene una duración de uno a veinte días (1-20) hábiles previa recepción interna de los paz y salvos de todos los departamentos hacia el Departamento de constancias.
Parágrafo 1: Queda totalmente prohibido publicar diplomas en redes sociales.
Parágrafo 2: Los certificados de notas se emitirán en formato digital con firma mecánica digitalizada y código QR su emisión no tiene costo y se emite de un día para otra, previa solicitud del Estudiante a registro@unicolombia.edu.co.
Artículo XVIII. Apostilla de los Diplomas Constancias: Los trámites del apostilla para los Diplomas Constancia, están a cargo del Director de UNICOLOMBIA, realizando los procedimientos de reconocimiento de firma en notaria y proceso de apostilla en la Cancillería Colombiana.
Parágrafo 1: El trámite correspondiente a UNICOLOMBIA®. Se efectúa ante la notaria 14 en la ciudad de Bogota D.C, Colombia y registro ante el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante la cual el Gobierno Colombiano, avala la autenticidad de la firma con que ha actuado el funcionario colombiano que realiza el reconocimiento de la firma en el documento emitido por UNICOLOMBIA® y que va a surtir efectos legales en el exterior, ante un país parte de la Convención de la Haya sobre Abolición del Requisito de Legalización para Documentos Públicos Extranjeros de 1961.
Parágrafo 2. Los diplomas con apostilla de diplomados y/o cursos son enviados de manera individual a la dirección de correo electrónico registrada por el Estudiante en su matrícula.
Artículo XIX. Propiedad Intelectual de UNICOLOMBIA®: La razón social de la Corporación de Educación Virtual UNICOLOMBIA®, está legalmente constituida con la Personería Jurídica mediante Resolución 4720 del 10 de Noviembre de 2005, para la intensidad horaria y la modalidad de los programas académicos, el Decreto 4904 del 18 Diciembre de 2009, el cual reglamenta la educación para el trabajo y el desarrollo humano, según el Decreto la Licencia de Funcionamiento de la Entidad, de los programas académicos deben ser a programas de intensidad horaria mínima de 160 horas hasta las 600 horas. Es de vital importancia aclarar que en UNICOLOMBIA®, todos los programas académicos poseen 159 horas máximo.
Parágrafo 1. Prácticas que Atentan contra el Adecuado Funcionamiento Administrativo de UNICOLOMBIA: Quien incurra en espionaje industrial, es decir: el estudiante que perteneciendo a otra entidad educativa, sea de naturaleza privada o pública, de carácter mixto, o de cualquier naturaleza, cuyo objeto social corresponda al servicio público educativo en cualquier modalidad, ingrese a UNICOLOMBIA®, con el ánimo de obtener información y transmitirla a otra entidad, por motivos de competitividad, implementación, ejecución o plagio; será procesado legalmente: con los cargos de violación a la marca registrada UNICOLOMBIA® y su modelo de enseñanza, espionaje industrial y aquellos cargos que le impute la autoridad competente.
Parágrafo 2. Intento de Fraude o Plagio en las Constancias de UNICOLOMBIA®: Quien fraudulentamente sustraiga documentación, o intente falsificar las constancias emitidas por UNICOLOMBIA® a sus Estudiantes, enfrentará denuncia penal ante las Autoridades Correspondientes por falsedad Material en Documento Público, y se solicitará el apoyo de Peritos Expertos en Documentología tanto de Medicina Legal, como de la Policía Nacional, para determinar la falsedad o autenticidad del Diploma, que origine el proceso. (En caso de falsificación en otros países, los trámites se ejecutarán por medio del Cuerpo Diplomático de ese País en Colombia, o a través de las delegatarias de Asistencia Consular).
Derechos Reservados UNICOLOMBIA®, prohibida su reproducción por cualquier medio sin autorización nuestra.
UNICOLOMBIA Marca registrada propiedad de la Corporación de Educación Virtual Unicolombia
Actualizado: 09/11/2020